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10 agosto 2015

VECINOS RUIDOSOS ALTERAN CONVIVENCIA CIUDADANA

Las fiestas hasta la madrugada son las quejas más frecuentes !
La denuncia se puede hacer en la Jefatura Civil !



La denuncia se puede hacer en la Jefatura Civil. (Créditos: Archivo)
Thamara Bejarano | Últimas Noticias 
Uno de los problemas más comunes en la mayoría de los vecindarios es el de los vecinos latosos. Con frecuencia originan situaciones que son objeto de reclamos por parte de los otros habitantes, el detalle es que no todos conocen los mecanismos apropiados para solucionarlo.

Mauricio Ramírez, miembro de la junta de condominio del edificio La Laguna en la Urbanización Caribe, estado Vargas, señala desde su óptica de 17 años en esos menesteres de los condominios y la convivencia vecinal, que si bien es una escena que se repite con frecuencia, también son varios los caminos para darle solución.

Ramírez parte de que, generalmente, el ruidoso o ruidosa, es nuevo en la comunidad y no se le ha hecho ver “de manera cortés”, que está violando disposiciones establecidas en el reglamento interno del condominio, o de la Ordenanza sobre Ruidos Molestos y Convivencia Ciudadana, aprobada por la mayoría de las alcaldías del país.
Admite que no siempre la solución está a la mano o es sencilla, ha tenido casos –pocos- los cuales debieron ser denunciados a la jefatura e, incluso, llevados a los tribunales.
“¿Cómo hacer para que algunos vecinos no se extiendan en sus celebraciones más allá del horario permitido por la respectiva junta de condominio, o para que se ajusten a la normativa sobre ruidos molestos?”, pregunta y responde con celeridad: “estableciendo una comunicación amable donde se resalte la inconveniencia de extender la rumba hasta las tres de la madrugada, o lo desagradable que resulta que una mascota ladre todo el día y no permita a los vecinos dormir sus siestecita”.

Es decir, se puede comenzar con una declaración como: “No estoy seguro de que está consciente”, así que el ruido se atribuye únicamente a la incapacidad de la persona para reconocer que esas molestias perturban la armonía del condominio, recomienda Ramírez, mientras invita a que aquellos conjuntos residenciales que no tengan reglamentado este aspecto, lo hagan prontamente de manera de evitar que el problema tome cauces inconvenientes para la convivencia ciudadana y haga la vida difícil para esas personas.

Si esta conversación es insuficiente para resolver el problema, la junta de condominio debe proceder a redactar una carta-informe participándole a estos vecinos lo inconveniente de su conducta, y recordándole lo establecido en el _reglamento y las ordenanzas correspondientes.

Pero si esto tampoco basta, y la música o los ruidos se extienden hasta la madrugada, impidiendo a los moradores del lugar conciliar el sueño, puede hacerse la denuncia directamente a la policía.


Internet, un buen aliado.

Uno de los mecanismos que han adoptado muchos condominios es el de la creación de su propio blog, en el cual suministran no sólo información de interés para todos, sino establecen las “reglas del juego”.

Uno de estos espacios virtuales es el de las residencias El Encanto, en la urbanización Prebo en Valencia, Estado Carabobo: http://residenciaselencanto.blogspot.com/p/reglamento-interno-del-condominio.html el cual cuenta con su propia calculadora, para que cada vecino lleve al día las cuentas con su condominio, por ejemplo.

Allí está publicado el reglamento del condominio en el cual se establecen, entre otras cosas, el horario para las celebraciones y las condiciones para el uso del salón de fiestas del edificio:

1. Para el uso del salón de fiesta, uno de los que mayores problemas genera, establecen que “sólo será usado por los propietarios o inquilinos, que residan en el edificio y su uso estará limitado hasta las 10:00 pm los días domingos y feriados; los días lunes, martes, miércoles, jueves, viernes y sábados hasta la 1:00 am.”

2. Las actividades como el canto, uso de instrumentos musicales, aparatos de radio, televisión, equipos de sonido o sistemas similares, deberían hacerse a volumen moderado y en horario que “en ninguna circunstancia podrá excederse de la 1:00 am.”

3. Estas recomendaciones son extensivas para la realización de trabajos de reparación en las viviendas y zonas comunes del edificio
 vecinos les invito a revisar y compartir la ordenanza de CONVIVENCIA CIUDADANA GACETA 00125 DEL5 DE JUNIO DE 2006

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