La Junta de Condominio, le da la bienvenida a su Blog, esperando sea de su agrado, ayudando así a conocer en forma general a su Edificio. Ubicado en: Esquinas de Abanico a Maturín, Caracas
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17 agosto 2015
10 agosto 2015
VECINOS RUIDOSOS ALTERAN CONVIVENCIA CIUDADANA
Las fiestas hasta la madrugada son las quejas más frecuentes !
La denuncia se puede hacer en la Jefatura Civil !
La denuncia se puede hacer en la Jefatura Civil. (Créditos: Archivo)
Thamara Bejarano | Últimas Noticias
Uno de los problemas más comunes
en la mayoría de los vecindarios es el de los vecinos latosos. Con
frecuencia originan situaciones que son objeto de reclamos por parte de los
otros habitantes, el detalle es que no todos conocen los mecanismos apropiados
para solucionarlo.
Mauricio Ramírez, miembro de la junta
de condominio del edificio La Laguna en la Urbanización Caribe, estado Vargas,
señala desde su óptica de 17 años en esos menesteres de los condominios y la
convivencia vecinal, que si bien es una escena que se repite con frecuencia,
también son varios los caminos para darle solución.
Ramírez parte de que, generalmente, el ruidoso o
ruidosa, es nuevo en la comunidad y no se le ha hecho ver “de manera cortés”, que está violando
disposiciones establecidas en el reglamento interno del condominio, o de la
Ordenanza sobre Ruidos Molestos y Convivencia Ciudadana, aprobada por la
mayoría de las alcaldías del país.
Admite que no siempre la solución
está a la mano o es sencilla, ha tenido casos –pocos- los cuales debieron ser
denunciados a la jefatura e, incluso, llevados a los tribunales.
“¿Cómo hacer para que algunos vecinos
no se extiendan en sus celebraciones más allá del horario permitido por la
respectiva junta de condominio, o para que se ajusten a la normativa sobre
ruidos molestos?”, pregunta y responde con celeridad: “estableciendo una
comunicación amable donde se resalte la inconveniencia de extender la rumba
hasta las tres de la madrugada, o lo desagradable que resulta que una mascota
ladre todo el día y no permita a los vecinos dormir sus siestecita”.
Es decir, se puede comenzar con una
declaración como: “No estoy seguro de que está consciente”, así que el
ruido se atribuye únicamente a la incapacidad de la persona para reconocer que
esas molestias perturban la armonía del condominio, recomienda Ramírez,
mientras invita a que aquellos conjuntos residenciales que no tengan
reglamentado este aspecto, lo hagan prontamente de manera de evitar que el
problema tome cauces inconvenientes para la convivencia ciudadana y haga la
vida difícil para esas personas.
Si esta conversación es insuficiente
para resolver el problema, la junta de condominio debe proceder a redactar una
carta-informe participándole a estos vecinos lo inconveniente de su conducta, y
recordándole lo establecido en el _reglamento y las ordenanzas
correspondientes.
Pero si esto tampoco basta, y la
música o los ruidos se extienden hasta la madrugada, impidiendo a los moradores
del lugar conciliar el sueño, puede hacerse la denuncia directamente a la
policía.
09 agosto 2015
MANUAL DE VIGILANCIA EDIFICIO BETA
Manual de procedimiento para el personal de vigilantes de seguridad en el Edificio Beta.
• Hacerse presente en su puesto de trabajo, con antelación debida, a los efectos de informarse de las novedades que haya en el servicio o recibir con relación al mismo, las instalaciones correspondientes.
• Salvo causa debidamente justificada, no abandonar su puesto de vigilancia, aun cuando no haya sido relevado a la finalización de su respectivo turno de servicio, en cuyo caso, y a los efectos de que se adopten al temperamento debido, hará saber esa circunstancia al superior jerárquico (JUNTA DE CONDOMINIO) que corresponda.
• Poner especial cuidado a los bienes que se someten a su custodia, manteniéndose siempre bien atento a los efectos de evitar robos, hurtos o daños.
• Usar la totalidad de las prendas que comprendan el uniforme, manteniéndolo limpio y en buen estado de presentación, con absoluta prohibición de usarlo fuera de su lugar de trabajo.
• El vigilante no deberá consumir bebidas alcohólicas ni sustancias controladas psicotrópicas durante el servicio, ni concurrir al mismo, bajo efectos de haberlas ingerido.
• Los supervisores (JUNTA DE CONDOMINIO) en los distintos turnos deberán tomar las anotaciones necesarias con el objeto de que el personal se notifique de las órdenes consignadas que deberán ser complementadas durante la prestación del servicio. Las notificaciones se harán por escrito y el personal afectado a las mismas deberán firmar de conformidad.
• Cuando el vigilante, por razones debidamente justificadas, tenga la necesidad de faltar a sus tareas habituales, se solicitará, el respectivo permiso con 48 horas de anticipación. Se exceptúa de lo precedente expresado, los casos de enfermedad de familiares a cargo, respecto a los cuales efectuará por si o por medio de un tercero, la pertinente comunicación a la JUNTA DE CONDOMINIO, como así en caso de fallecimiento de algún miembro de su familia.
• El vigilante es responsable ante LA JUNTA DE CONDOMINIOr, de los daños que eventualmente causare a los intereses de este, por dolo o culpa en el ejercicio de sus funciones.
• El vigilante no tomará parte en los conflictos que se susciten en el Edificio, (Residencias Beta) manteniéndose al margen de cualquier echo en contra de los interese de la Residencias Beta:.
Siniestros, de cualquier índole
Accidentes ocurridos o inminentes de fuerza mayor
Atentados contra bienes físicos o personas Exigencias excepcionales de la empresa de conformidad con la apreciación que se efectué sobre la base de la colaboración y solidaridad que en todo momento debe existir respecto a los fines perseguidos por el servicio, los excedentes de horas extras trabajadas se abonaran con los recargas que dispongan las normas vigentes.
DEL TRATO CON LAS PERSONAS
• El vigilante evitará en todo momento discutir sus indicaciones, dado que en conocimiento de sus funciones, es totalmente responsable de sus actos y decisiones, teniendo para la toma de las mismas la prudencia suficiente y cordura necesaria, con la que logrará así también el reconocimiento y respeto debido a su trabajo.
• Ante la necesidad de su intervención por un hecho propio de su misión de control de personas, o identificación de los mismos, actuará, en los casos en que deba hacer valer su condición de hombre de seguridad, sin pasiones que excedan sus atribuciones, evitando formarse juicios apresurados y parciales, razón por la cual se limitará a cumplir con las directrices que le fueren impartidas oportunamente al respecto; por tal motivo, tenga siempre presente que usted es un hombre de seguridad y no un funcionario público.
DEL LIBRO DE SERVICIO (NOVEDADES) ...
02 agosto 2015
CUENTA BANCARIA RESIDENCIAS BETA
Cuenta Bancaria
Banco : PROVINCIAL
Cuenta Corriente Nº 0108-0023-44-0100203214
A nombre de: “RESIDENCIAS BETA” .
Rif.
J-30573224-8
CUENTA PARA DEPOSITAR :
UNICAMENTE PARA SER DEPOSITADO EN LA Cuenta Corriente
Nº
0108-0023-44-0100203214 de RESIDENCIAS
BETA" ) ; depósitos o transferencias con el respectivo
comprobante de la misma.
Para
evitar que la administradora, nos cobre los intereses por haber depositado después
de la fecha de corte de la cuenta, depositemos o hagamos la operación de pago, antes de fin de mes.
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